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Colaboración con las Autoridades Mexicanas en materia de Seguridad y Justicia.

  

 

En cumplimiento a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (la Ley) y al artículo Tercero Transitorio de los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia, se publican los siguientes datos del Área Responsable de AT&T México, para atender los requerimientos de información de Autoridades Facultadas y Designadas sobre datos conservados, localización geográfica en tiempo real de los dispositivos o equipos terminales móviles y órdenes judiciales de intervención de comunicaciones.

 

 

Datos del Área Responsable:

 

Nombre de las Concesionarias que forman parte del grupo empresarial AT&T México:

a) AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V.
b) AT&T Comercialización Móvil, S. de R.L. de C.V.
c) Grupo AT&T Celullar, S. de R.L. de C.V.

 

 

Dirección para recibir documentación física:

 

Rio Lerma no. 232, Torre Diana, Piso 20, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.

Email: rm-colaboracion.att@mx.att.com

 

i) Procedimiento para atender requerimientos de Datos Conservados:

a) Las Autoridades Facultadas y Designadas deberán dirigir sus oficios de requerimiento de información, únicamente a la Concesionaria AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., por fungir como la Concesionaria Comisionista de las empresas Concesionarias y Comitentes que a continuación se señalan: AT&T Comercialización Móvil, S. de R.L. de C.V., Grupo AT&T Celullar, S. de R.L. de C.V., AT&T Norte, S. de R.L. de C.V., y AT&T Desarrollo en Comunicaciones de México, S. de R.L. de C.V.

Todo lo anterior con base en el Contrato de Comisión Mercantil de fecha 29 de octubre de 2015 y sus respectivas adiciones y modificaciones, aprobado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones el día 18 de diciembre de 2015.

b) Se recomienda la utilización del formato denominado “Formato para la Gestión de Requerimientos de Información en Materia de Seguridad y Justicia”, identificado como “Anexo” I de los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia de la Ley.

c) AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., México contestará de forma positiva los requerimientos de Autoridad entregando la información solicitada, únicamente cuando la Autoridad emisora se encuentre debidamente facultada o designada y su oficio de requerimiento de información cumpla con todos los requisitos previstos en los diversos ordenamientos legales aplicables. En caso contrario, AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., los rechazará argumentando el motivo.

d) Todo oficio de requerimiento de Autoridad será contestado o rechazado en la vía y forma que fueron entregados a AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V.
 

ii) Procedimiento para atender requerimientos de Localización Geográfica en Tiempo Real de los dispositivos o equipos terminales móviles:

a) Idem “i) a)”.

b) La Autoridad deberá proporcionar una dirección electrónica institucional para que la información de la geolocalización sea enviada a través de correos electrónicos. Así mismo deberá de mencionar la periodicidad temporal en la que los correos electrónicos deban ser desbordados.

c) La información que se entregue en cada correo electrónico será la siguiente:


1. Número telefónico, 2. Fecha (día, mes y año), 3. Coordenadas geográficas (longitud y latitud), 4. Tipo de localización: (Exacta (GPS), Triangulación (3 antenas) y Referenciada (1 antena).
d) Idem “1) c)”.
e) Idem “1) d)”.

iii) Procedimiento para atender Órdenes Judiciales de Intervención de Comunicaciones:

a) Toda orden de intervención de comunicaciones deberá ser fundada y autorizada por Juez Federal, y deberá ser notificada de manera física al domicilio convencional de AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., ya que en caso contrario será devuelta a la Autoridad emisora.

b) AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., rendirá el informe de Ley correspondiente, señalando si existió o no la posibilidad técnica para intervenir las comunicaciones de los equipos solicitados por el Juez Federal.

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